Tras de la publicación en el Boletín Oficial durante la madrugada del lunes y luego de que cientos de pacientes se quejaran por la imposibilidad de acceder a fármacos, el Ministerio de Salud emitió un comunicado e informó un cambio en las recetas electrónicas, el cual se había decidido el 4 de octubre, en un encuentro del Consejo Federal de Salud (CoFeSa). Ahora, a más de dos meses de esa decisión y sin una comunicación oficial anticipatoria, se multiplican los inconvenientes en el acceso a los medicamentos. Con la cercanía de fin de año y un gran número de profesionales de la salud en vacaciones, crece el malestar entre los pacientes. Según pudo saber Infobae, sería inminente el envío de un comunicado oficial donde se anunciaría la prórroga de la medida establecida en marzo de 2020.
Durante esta tarde, luego de que se registraran inconvenientes en las farmacias y la queja de los pacientes, se realizó un encuentro en el Ministerio de Salud. En la reunión, se evidenciaron los problemas y se advirtió que tanto las obras sociales como las prepagas seguirían aceptando recetas médicas mediante foto hasta finales de febrero, en especial para aquellas personas con patologías crónicas y tratamientos prolongados.
Esta modificación sobre la documentación necesaria para comprar un fármaco había sido publicada en el Boletín Oficial y durante la madrugada. De este modo, según indicaron, el Ministerio de Salud de la Nación, a través de la resolución 3622/2022, dispuso que ya no sean válidas las fotos de las recetas médicas de papel enviadas por mail o por WhatsApp para comprar un medicamento o solicitar un tratamiento. Ahora, ante el creciente malestar y luego de que se registraran inconvenientes en el acceso a los medicamentos, habrían definido establecer una prórroga.
Ricardo Pesenti, presidente de Cofa, la entidad que nuclea a farmacéuticos de todo el país, aseguró, en diálogo con Infobae, que “este cambio había sido pedido por la Confederación Farmacéutica Argentina (Cofa), porque ya no había ninguna necesidad de seguir sosteniendo las fotos, las fotocopias y otros formatos, cuando los médicos están atendiendo con normalidad. Además existe un riesgo en los controles porque la fotocopia se puede presentar más de una vez en muchos lugares. Sabíamos que era una medida que iba a salir, pero no sabíamos que se iba a publicar este lunes”. En tanto, el “PAMI sí tiene receta digital porque valida la competencia del profesional que firma y valida la firma”, aseguraron desde la cartera sanitaria.
La medida ahora derogada se había dispuesto cuando regía el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO) y permitía que los pacientes con patologías crónicas, agudas o psiquiátricas puedan continuar con su tratamiento sin la necesidad de trasladarse a los puntos de atención
Sin embargo, la poca anticipación y la gran cantidad de profesionales de la salud de vacaciones (o apunto de estarlo) generó aún más problemas en los consumidores que, en muchos casos, dependen de estos fármacos no solo para mantener su calidad de vida, sino también su salud. Consultada por Infobae, la jefa de Gabinete del Ministerio de Salud, Sonia Tarragona, explicó que estas modificaciones se implementaron para terminar con las excepciones que había habilitado la pandemia para facilitar el acceso a tratamientos
“Durante el ASPO, la aceptación excepcional de las fotos de recetas físicas se tomó con el objetivo de evitar que la gente que necesitara medicación circulara, para de ese modo disminuir la transmisión del virus y el riesgo de contagio. Pasada la emergencia, resulta conveniente volver a los mecanismos anteriores, que garantizan una mayor seguridad porque tienen menos posibilidades de ser falsificados y alientan un uso responsable de los medicamentos”, señalaron desde el Ministerio de Salud en el comunicado emitido durante la noche del lunes.
Según explicaron, la “prescripción de medicamentos debe realizarse con todos los mecanismos de seguridad correspondientes: las recetas deben asegurar la identidad de pacientes y médicos y el medicamento prescrito debe estar autorizado por el ANMAT, ser identificado por su nombre genérico y formar parte de una indicación terapéutica validada científicamente, dentro del uso racional de medicamentos”. Según advirtió Tarragona a Infobae, cuando un profesional de la salud firma la receta de manera digital “tiene registrada la firma y tiene la competencia para emitir una receta y una prescripción”.
El interrogante que se plantea es qué sucederá con quienes ya tenían sus recetas en papel y solían sacarles una foto para poder adquirirlos en las farmacias o en el caso de los profesionales que aún registraron su firma en el sistema
De todos modos, estas modificaciones se pusieron en práctica, incluso, antes de que los propios usuarios (y muchos profesionales de la salud) supieran de su vigencia. Esto se tradujo en inconvenientes en el acceso a los fármacos y poca capacidad de los usuarios de cumplimentar los requisitos ahora impuestos por las autoridades sanitarias.
“Los mecanismos de excepción que se derogan con esta resolución no daban las garantías necesarias para cumplir con estos preceptos”, justificaron desde el Ministerio de Salud. Pero en esta realidad, según denuncian los propios consumidores en redes sociales y en las mismas farmacias, estos pasos necesarios no pueden afrontarse, al igual que se ven imposibilitados en el acceso a los medicamentos ya prescriptos con anterioridad. “Se espera que, a partir de la reglamentación de esta ley, se amplíen los prestadores que tengan este servicio y, por lo tanto, se simplifique la accesibilidad de los pacientes al medicamento”, argumentaron desde la cartera sanitaria, pero a menos de una semana de que comience el 2023, esta situación parecería no tener una resolución veloz.
Por su parte, Rubén Sajem, Director del Centro de Profesionales Farmacéuticos Argentinos, dialogó con Infobae y afirmó: “Esta fue una medida que nos sorprendió mucho, es absolutamente inconsulta por parte del Ministerio, creo que no se previeron las consecuencias”. “Hay mucha gente a la que la la receta emitida por el médico y con la foto enviada al paciente, éste podía acceder a sus medicamentos. Está bien que eso no es una receta digital propiamente dicha y tampoco es una receta electrónica, pero es lo que teníamos y en reemplazo de eso no tenemos nada”, aseveró.
Los cambios sobre la documentación necesaria para comprar un fármaco fueron publicados este lunes en el Boletín Oficial esta madrugada / (Gettyimages)
En ese sentido, el representante farmacéutico agregó: “Hay una Ley, la 27.553, que fue de promulgada en agosto de 2020, es decir hace más de dos años, que se llama justamente de receta electrónica o digital y plataformas de teleasistencia. Esa Ley está parada porque después de dos años no está lista la reglamentación que tenía que hacer el Ministerio de Salud. Entonces previendo esta demora que está teniendo, se podría haber prorrogado unos meses más la posibilidad que tenía la gente de entregar esta receta”.
“La realidad es que, al día de hoy, los médicos en su gran mayoría no tienen la firma digital, porque para obtenerla se requiere de una entidad oficial que la valida y lo que se llama receta electrónica solamente circula dentro de lo afiliados al PAMI, porque allí ingresan los médicos a ese sistema y emiten la receta electrónica solamente los médicos que están certificados y reconocidos por PAMI. Además, esa receta se valida en la farmacia y dentro del circuito PAMI, que funciona muy bien; pero es algo que habría que ampliar para todas las obras sociales y prepagas”, continuó Sajem.
Pero eso no es todo, ya que además recordó a los pacientes que “se atienden en el sistema público, que son un tercio”. “Para los argentinos que se atienen exclusivamente en el sistema público la pregunta es: ¿cómo va a conseguir la receta esa gente?, ¿qué médico los va a atender? ¿Qué médico va a atender a esos pacientes cuando requieran un antibiótico, un analgésico para una enfermedad aguda o algún problema de salud que se les presenta verdad?”, se preguntó.
Con este cambio, las recetas deben estar confeccionadas con: nombre, apellido, profesión, número de matrícula, domicilio, número telefónico y correo electrónico, cuando corresponda
Y concluyó: “Lamentablemente, esto limita las posibilidades de acceso a una receta para todo el mundo. Esperemos que se reconozca el problema, que se vuelva hacia atrás o que, en cierta forma, se realice una prórroga de algunos meses hasta ver cómo se puede solucionar. En la medida que eso demore, durante ese tiempo, se va a tener que permitir o se tendría que seguir permitiendo la receta como venía circulando: por foto, imagen o a través de mensajería”.
Desde la Cofa, señalaron en diálogo con Infobae que “se emitirá una aclaración donde se darán detalles sobre: ¿qué es la receta digital? y ¿qué es la receta electrónica?”. Asimismo, adelantaron que, “lo único que se suspende es la receta que se mandaba por foto a la farmacia, pero no están dada de baja la receta digital electrónica, todo sigue funcionando igual”.
En tanto, ante la consulta sobre los inconvenientes que deben enfrentar los consumidores, advirtieron que “si hay algún paciente que se quedó con una receta para mandar por foto o un tratamiento y el médico está de vacaciones, se le va a dar la medicación sin ningún problema”.
Numerosos pacientes advierten demoras e inconvenientes para adquirir los medicamentos necesarios para sus tratamientos
Vale recordar que la Ley Nacional 27.553 de recetas electrónicas fue sancionada en agosto de 2020 e indica que la prescripción de medicamentos puede realizarse en órdenes médicas electrónicas o digitales y se las puede rubricar con firmas manuscritas, electrónicas o digitales en todo el territorio nacional. Si bien la normativa ya lleva dos años y cuatro meses tras ser sancionada, aún no fue reglamentada, por lo que falta definir cómo será la instrumentación para adecuar los sistemas electrónicos existentes para usar recetas digitales.
Según la Ley, cualquier farmacia o servicios de farmacia de los establecimientos de salud deben suministrar los medicamentos prescriptos en recetas electrónicas o digitales sin objeción, las cuales deben contener, en idioma nacional: nombre, apellido, profesión, número de matrícula, domicilio, número telefónico y correo electrónico cuando corresponda. Solo pueden anunciarse cargos técnicos o títulos registrados en la autoridad de aplicación competente y en las condiciones que se reglamenten.