Con un duro golpe para Stornelli, la jueza Servini dictó la falta de mérito para 28 imputados

El fallo de la jueza María Servini que dicta la falta de mérito de 28 de las 33 personas detenidas en la movilización contra la Ley Bases parece el manual de cómo se arman sin pruebas –ella reconoce que no las tiene– los expedientes judiciales contra manifestantes o gente que circulaba por la zona, en este caso del Congreso. El punto de partida (y en la mayoría de los casos el de llegada) son las declaraciones y actas de los policías, que repiten siempre lo mismo: “tiró piedras”, “le pegó a un agente”, entre tantas otras fórmulas. El asunto no son solo esas muletillas sino que para colmo cuando tienen que declarar los uniformados dicen otra cosa, o matizan, o directamente no hablan. No hay imágenes para acusar y pocos elementos incautados. 

Lo que sea, fue suficiente para que un fiscal –aquí Carlos Stornelli– acuse a quienes fueron capturados/as de golpistas y terroristas, en línea con el discurso gubernamental, y terminaran en prisión, incluso en cárceles federales. En el caso de los cinco imputados que siguen detenidos no hay fundamentos a la vista sobre el supuesto peligro de fuga o entorpecimiento. Les ponen la figura de “intimidación pública”, para alegar que la pena en expectativa es alta, una vieja teoría que impone una suerte de pena anticipada.  

Las no pruebas

Veamos: empieza la ronda testimonial el principal Ariel Leguizamón de Luca, de la policía porteña. Cuenta que estaba “en el escenario de los sucesos” y “materializó la detención de los imputados, pero con la salvedad de que no había sido él quien había intervenido en sus aprehensiones originales, ni tampoco había presenciado ninguno de los hechos que se les imputaba, sino que se limitó a recibir a las distintas personas detenidas por otros oficiales”. Dice: “se presentó el subcomisario Sergio Ariel Ferrer de la Brigada 8, quien llevaba detenidos a Fernando Claus Leoney, Cristian Darío Ferreira y le dijo que ‘habían tirado piedras’ pero eso no podía confirmarlo personalmente pues no lo había percibido por él mismo, ni sabía a ciencia cierta quién podía hacerlo…” 

El principal Leguizamón relata también que “el oficial Nicolás Conti junto con el oficial Nicolás Rial, detuvieron a Juan Pablo Colombo, porque estaba tirando piedras y generando disturbios”. Pero Conti declaró que “no participó de la detención”, que había sido Rial, quien no testificó “porque se estaba haciendo atender por las lesiones que sufrió para reducir a Colombo”. 

La resolución de Servini recapitula que “el principal Leguizamón refirió que Lapalma le había dicho, a su vez, que había detenido en Lima y México por tirar piedras, a Juan Ignacio Spinetto; Camila Belén Juárez Oliva; Sofía Belén Ottogali; Nicolás Daniel Mayorga; Sasha Jazmín Lyardete y Gonzalo Duro. Sin embargo –admite la jueza– al declarar testimonialmente el inspector Jesús Francisco Lapalma, refirió que sólo había participado en la detención de Gonzalo Duro, quien era una de las personas que tiraba botellazos a la policía, que se resistió a ser detenido lanzando puñetazos y patadas que no llegaron a lastimar a nadie”, aunque agrega que “se volvió altamente agresivo”.  “Estos términos –aclara Servini– se oponen al descargo del imputado (Duro) quien brindó una versión diametralmente opuesta de lo ocurrido y desde esa perspectiva, la propia condición actual del causante, quien se encontraría próximo a ser intervenido quirúrgicamente, no parecería muy coincidente con el accionar que se le atribuye… “.

“¿Qué es un habeas corpus?”

Vale la pena detenerse en la declaración de Duro, trabajador judicial. Había ido a la movilización desde el juzgado de instrucción 61, en Avenida de los Inmigrantes, donde es empleado, por su desacuerdo con la Ley Bases. “El hecho que se me atribuye es un disparate”, declaró. “Sería muy tonto de mi parte, como empleado del Poder Judicial, ponerme a tirar piedras y botellas al personal policial, con el cual trabajo habitualmente (…). No es verdad“, sostuvo. Se había encontrado en el lugar con dos amigos y a poco de llegar, entre las 15 y 16, vieron que se desataba la represión, “con un camión hidrante, gases lacrimógenos, explosión de armas de fuego o balas de goma, ruidos de motos”. Se fueron por Avenida de Mayo, pero escucharon el sonido de las motos policiales cada vez más cerca y buscaron otra calle. Cuando llegaron a Bernardo de Irigoyen vio “un tumulto de policías de la Ciudad” y una persona “convulsionando en el piso”. 

Gonzalo quiso acercarse para ayudar. Un policía de civil “pero con pechera puesta”, a quien describió como bajo y fornido, le hacía gestos de “Vení, acercate, peleemos cagón, maricón“. Duro padece una enfermedad que le provocó una deformación en el rostro. Le devolvió unos insultos al agente. Y otro que estaba al lado, “de nariz ganchuda y anteojos muy grandes” se burló de él: “¿Y vos qué decís? Mirá la cara que tenés”. “Yo soy un poco sensible cuando me agreden por mi aspecto físico, entonces me acerqué y seguí con los insultos”, contó. Ahí lo agarraron, lo tiraron dentro del cordón policial. “Estaba en el piso, veía manos y caras y golpes y patadas, me doblaron un dedo, me dijeron ‘quedate quieto que te lo rompo’ y ahí dije que me estaban deteniendo de manera irregular y empecé a gritar ‘habeas corpus, habeas corpus'”. 

Lo que siguió fue insólito. Un policía le dio una trompada en el piso y le preguntó: 

–¿Qué es un habeas corpus?

Una garantía constitucional– le respondió “con una lucidez” que no sabe de donde sacó, en medio de la violencia. 

–¡Callate!— le gritó otro efectivo, que le apoyó la rodilla contra el cuello y lo convirtió en uno de los 33 detenidos. 

“Pelotudo te detuve”, le dijo alguien al oído. En el traslado en el camión le preguntaron si era abogado, respondió que no, que estudia derecho, pero que trabaja hace 19 años en el Poder Judicial. Duro enumeró detalles llamativos: además de subir a un nuevo detenido al vehículo “empiezan a meter piedras y banderas, pero piedras que ellos, el personal policial, ya tenían”. En otra escena, una agente fue a “buscar testigos, y pasado un tiempo volvió y dijo ‘no los conseguí'”. Luego un policía les advirtió: “ustedes están al horno“. Él había dejado de pedir el habeas corpus porque le prometían liberarlo. Pero pasaban las horas y le dolían una lesión previa en el hombro, y los golpes, y todo era peor con las esposas puestas. Volvió a pedirlo. “Callate porque sos un detenido, ¿vos sabés que se murió un policía?”, lo provocó (era mentira). “El subcomisario nos decía –declaró– que el fiscal Stornelli decía que nos tenían que dejar las esposas, para que no escapemos, que no era una cuestión de derechos humanos”

Servini dixit

Por las detenciones que el inspector Lapalma dijo que no había hecho (Camila, Sofía, Nicolás Daniel, Sasha, Juan Ignacio) declaró “el inspector Boni quien refirió que todos ellos se encontraban dentro de un grupo de encapuchados que tiraban piedras, descubriéndoles la cara cuando los detuvieron”. Dijo que Spinetto fue el que más “se habría resistido”. “Todo esto, no obstante –dice el fallo–, se opone a los descargos de los imputados, a quienes no se les secuestró ningún elemento compatible con el hecho que se les imputa (máscaras, ondas, piedras, palos, etc). A consecuencia de ello, de momento, no se poseen registros fílmicos de los hechos ni se produjo el secuestro de objeto alguno que acredite los hechos”. “También vimos que Leguizamón refirió que el inspector Diego Lombardeo de la USIC 103 había detenido ‘por tirar piedras y golpear con banderas’ a Martín Dirroco, Mateo D’ettore y Germán Claudio Moyano. Sin embargo, Lombardeo nunca declaró y no se posee al momento ninguna filmación”. 

Así, Servini tuvo que admitir la “orfandad probatoria”. Agregó que no había testigos que acrediten que Fernando Claus Leone y Cristian Darío Ferreira hubieran tirado piedras ni que Juan Pablo Colombo participara de una pelea. Tampoco hay evidencia de algo más que una agresión verbal de María Cerutti, ni testigos o imágenes que involucren en agresiones a Ramona Tolaba, Lucía Puiglia, Ricardo Sharif Sleme, Diego Ignacio Iturburu y Román Mendez Palacio. “En el caso de Luis Alberto de la Vega –dice el texto– se ha logrado recabar un video donde se lo vería al momento de su detención donde no se lo ve desarrollando los hechos que se le imputan, antes más bien lo contrario”. Sobre el músico Santiago Adano solo está la palabra de un oficial que dijo que lo vio gritar a la policía, pero “se carece de cualquier filmación que sostenga tal cosa…”.

Lo mismo repite para los 28 que quedaron con falta de mérito, incluida la familia vendedora de empanadas y el choripanero. La magistrada se escuda en que todavía se pueden buscar evidencias. Esto implica que sigue sobre todos ellos la investigación. De hecho, el fiscal Stornelli quiere que vuelvan a la cárcel, aunque ante la decisión de la jueza su reclamo sería abstracto. Igual se sorteó una sala de la Cámara Federal (tocó la sala II) que analizará las apelaciones de quienes fueron procesados con prisión preventiva. Queda claro que la increíble lista de delitos imposibles de cometer por una sola persona que usó Stornelli (que incluía atentar contra el orden constitucional, incitar a la violencia, perturbar la sesiones del Congreso, daños, lesiones, entre otros, hasta con el agravante de terrorismo) a medida de lo que pedía la ministra Patricia Bullrich quedó muy acotada por el juzgado que no habla de golpe de Estado ni nada similar. 

Todavía presos 

En otra resolución, la jueza procesó con prisión preventiva a cinco personas, las únicas que quedan presas. El delito común a todos es “intimidación pública”, que prevé una pena de dos a seis años para quienes “infundan temor público o susciten tumultos o desórdenes” y se agrava con tres a diez años de cárcel si se emplean “explosivos, agresivos químicos o materias afines”. Para todos el embargo es de 500 mil pesos. 

A Cristian Valiente le atribuyen haber provocado disturbios y tener en su poder una granada de tipo “disuasivo”. Cuando declaró, el hombre de 41 años, dijo que la había agarrado del suelo para mostrarle a la prensa que las fuerzas utilizaban elementos vencidos (había expirado en julio de 2022). En rigor no era un arma de guerra ni la llevó de su casa. Era un aerosol para arrojar gases. Patricia Daniela Calarco Arredondo, del Movimiento Teresa Rodríguez, está procesada por incendiar bicicletas del gobierno porteño. No declaró. Facundo Gómez es el joven que estaba junto a una valla hablando por teléfono con su mamá. Había sacado, dijo, una foto al Congreso, pero no estaba en ningún lugar prohibido ni atacando a nadie (no hay imágenes de él, solo una deducción de los investigadores). David Sica es un hombre en situación de calle: quería acercarse a un lugar donde le dan de comer por la calle Bartolomé Mitre. Ahí lo detuvieron. Roberto María de la Cruz Gómez está acusado de tirarle objetos a la policía.  

“El delito de intimidación se usa para sostener las detenciones. Pero no se corrobora para cada detenido el peligro de entorpecimiento de la investigación. Además la prueba está en poder de la justicia (cámaras y celulares) ¿Qué evidencia van a destruir los acusados si los liberan?”, sostuvo Agustina Lloret, coordinadora de Litigio del Centro de Estudios Legales y Sociales. Myriam Bregman, exdiputada (PTS-FITU) y abogada, sostuvo: “La causa Stornelli como tal se cayó, la pueden sostener con pulmotor, pero la causa está caída, el armado de Bullrich está caído, lo que hay que investigar ahora son los graves ilícitos que cometió la policía y ellos con esas imputaciones”. Por ahora la jueza solo dice que analizó 100 horas de filmaciones, que el tiempo no le alcanza y que el “caos y la confusión no ayudan”. Curiosamente aclaró que “algunos hechos no se encuentran en conocimiento del juzgado”, entre ellos el incendio del auto de Cadena 3, que todo indica fue protagonizado por infiltrados, y por el que no hay detenidos.