La Confederación Argentina de Deportes (CAD) presentó este lunes un recurso de amparo colectivo contra el DNU N°70/2023 firmado por Javier Milei y el juez Enrique Lavié Pico habilitó la feria judicial para que se tramite la causa.
Encabezada por su presidente, Rodolfo Paverini, la CAD solicitó una medida cautelar urgente para detener los efectos del DNU que, entre otras cuestiones, modifica la Ley del Deporte para permitir el ingreso de Sociedades Anónimas Deportivas (SAD). En su argumentación, la Confederación destacó que el Gobierno ha utilizado un recurso extraordinario de manera inapropiada, introduciendo las SAD sin justificación en el ámbito deportivo.
“Esa situación de supuesta emergencia a la que refiere el Poder Ejecutivo, en nada resulta aplicable ni justificada respecto al deporte, y más precisamente a lo que refiere al Sistema Institucional del Deporte y la Actividad Física. Sin hesitación podemos afirmar que el Poder Ejecutivo ha utilizado este remedio extraordinario y excepcional como un atajo para introducir a las Sociedades Anónimas de objeto deportivo”, explica la presentación.
La entidad argumentó que la reforma legislativa no solo afecta la estructura del deporte nacional sino que también tiene implicaciones directas en la participación de equipos de fútbol en torneos internacionales, incluyendo los Juegos Olímpicos de París y la Copa América en Estados Unidos que se llevarán a cabo este año.
Es que, según la CAD, el accionar del Gobierno viola la autonomía reconocida por la ley a las Asociaciones Civiles Deportivas y podría resultar en sanciones por parte de organismos internacionales como la FIFA y Conmebol.
Además, sostuvo que la urgencia proclamada por el Poder Ejecutivo no tiene fundamento en el ámbito deportivo y criticó: “Esta reforma viene acompañada de una degradación del deporte nacional, siendo que su autoridad de aplicación ha perdido el rango Ministerial y por disposición de la nueva organización ministerial ocupa el rango de Secretaría”.
En cuanto al fútbol en específico, la Confederación destacó que la mayoría de los clubes modificaron sus estatutos para prohibir la transformación en Sociedades Anónimas, mientras que la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) siguió una línea similar.
Así las cosas, este recurso de amparo marca el primer movimiento significativo de instituciones deportivas hacia el ámbito judicial y sembró incertidumbre sobre el futuro del deporte argentino y su participación en eventos internacionales.
La explicación de la CAD sobre las posibles sanciones de FIFA y Conmebol
“Esta conducta y procedimiento del Poder Ejecutivo es violatoria del art. 20 de la ley 20.655 en el cual se reconoce la autonomía de las Asociaciones Civiles Deportivas integrantes del Sistema Institucional del Deporte y la Actividad Física en el libre ejercicio de sus funciones. Es dable destacar que este texto en la normativa del deporte es reclamadas por las organizaciones supra nacionales (asociaciones, federaciones y confederaciones deportivas internacionales), incluídas el Comité Olímpico Internacional, Comité Paralímpico Internacional y muy especialmente por la Federación Internacional de Fútbol Asociado (FIFA), en cuyos estatutos estipulan severas penalidades en el caso de injerencia de los Gobiernos en asuntos relacionados con la vida institucional de las entidades que la componen.
En este caso, es insoslayable que el accionar del Poder Ejecutivo atenta contra la institucionalidad de las asociaciones civiles deportivas en su conjunto y por ello, es muy probable que una vez notificadas de los alcances del DNU 70/2023 en los términos de autorización conferidos en el artículo 2 de la resolución de Consejo Directivo de la Confederación Argentina de Deportes, celebrada el día 27 de diciembre de 2023, la Conmebol podría marginar de sus competencias a los clubes de fútbol argentino y de mantenerse vigente en el tiempo el citado decreto peligraría la participación de la Selección Argentina de Fútbol en la Copa América a jugarse en EEUU. Asimismo, y en igual sentido, procedería el Comité Olímpico Internacional y Paralímpico en suspender la participación de los y las atletas que representen a nuestro país en los próximos Juegos Olímpicos (París 2024).
Más allá de la decisión de la Asociación del Fútbol Argentino de su resolución por asamblea extraordinaria de impedir la recepción y/o transformación de alguna de sus asociados en SAD, una de ellas podría, en relación con este artículo incorporado en la ley 20.655, recurrir a la Justicia para ser recepcionada, provocando una colisión entre lo resuelto libremente por sus asociados y la imposición del Poder Ejecutivo, es decir S.S, que si esto llegara a pasar y la justicia resolviera en sintonía con lo que estipula este nuevo artículo de la ley, AFA debería comunicar a FIFA esta situación, lo que pondría en estado de suspensión la participación de los equipos de fútbol de Argentina en las competencias organizadas por esta y Conmebol”.